José Gerardo López Terán Agente de seguros · Cédula CNSF C412856 · Querétaro, México

Guía para agentes

Qué preguntar a los agentes de una promotoría antes de firmar

Qué preguntarle a los agentes de una promotoría, al que sigue adentro y al que ya se fue, para saber si paga a tiempo, responde en siniestros y entrega la cartera. Búscalos tú, no aceptes al que te presentan, y no pidas datos de clientes ni chismes.

José Gerardo López TeránAgente de seguros · Publicado el 20 de octubre de 2026 · 13 min de lectura
Cédula C412856 vigente · verificar

Respuesta corta

Pregúntale a un agente que ya está en esa promotoría tres cosas: cuántos días tarda en llegarle su pago, quién le contesta el teléfono cuando un cliente tiene un siniestro y qué pasó con la cartera del último agente que se fue.

Y no se lo preguntes al agente que te presentan. Búscalo tú.

El contrato te dice lo que la promotoría promete. Los agentes de adentro te dicen lo que hace, y eso casi nadie lo revisa antes de firmar.

Pregunta por procesos y fechas, nunca por clientes ni por personas. Así reduces el riesgo de pedirle algo que no puede revelar.

Por qué el agente que te presentan no cuenta

El agente que te presentan está ahí porque le va bien o le conviene que firmes. No miente por fuerza, pero es la muestra más sesgada.

Te lo digo desde el otro lado: quien presenta una estructura elige al agente que mejor la explica, no al que tiene una queja. Yo haría lo mismo. Es lógico.

La plática que vale es la que tú consigues. Tres perfiles te dan tres partes de la verdad:

A quién buscar Qué te puede contar Dónde suele estar
Un agente con uno a tres años adentro Cómo pagan y cómo responden en lo cotidiano Cursos, capacitaciones de aseguradora, tu propia red
Un agente con más de cinco años Cómo cambiaron las reglas con el tiempo Asociaciones, eventos del gremio
Un agente que se fue en los últimos dos años Qué pasó con su cartera al salir Tu red, conocidos en común

El tercero es el más valioso. Ya no depende de esa estructura para cobrar, así que puede hablar sin miedo.

No hay un registro público de promotorías como tales. Si la promotoría es agente persona moral, la cédula de sus apoderados debe decir a quién representan (Reglamento de Agentes, artículo 14). Lo demás se pregunta en tu red.

Qué hacer hoy: haz una lista de cinco agentes que conozcas en tu ciudad y pregúntales si saben de alguien que haya estado en la promotoría que estás evaluando.

Cómo preguntar sin pedir datos de clientes ni chismes

Antes de las preguntas, el límite. El agente o apoderado al que le preguntas no puede revelar lo que sabe por su trabajo. La Circular Única lo dice así:

Los Agentes y Apoderados de Agente Persona Moral deberán guardar el secreto profesional y tienen la obligación de no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de que tengan conocimiento en el ejercicio de su actividad, debiendo abstenerse de hacer uso de la información que obtengan como resultado de sus actividades en beneficio propio, de otras Instituciones o de cualquier tercero, y resguardarla de acuerdo a los criterios de confidencialidad especificados en las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, evitando su divulgación, salvo autorización expresa de las partes legítimamente interesadas en los contratos de seguro o de fianza, o ante el requerimiento fundado y motivado de las autoridades competentes. (Circular Única de Seguros y Fianzas, disposición 32.1.3)

No habla solo de clientes, sino de todo lo que conoce por su actividad. Por eso no le preguntes por el siniestro de tal cliente ni por la prima de tal empresa. Pregúntale por lo que le pasó a él: cuánto tarda su pago, cómo se resolvió su caso.

El segundo límite es el tono. La misma Circular les pide a los agentes y apoderados no desprestigiar a otros agentes para beneficiarse con las comisiones:

Los Agentes y Apoderados de Agente Persona Moral, tanto en el desarrollo de sus actividades como en su publicidad, deberán observar un comportamiento de respeto mutuo, basado en la cortesía, la equidad y competencia leal, evitando conductas y actitudes que puedan incurrir en agravio de los Usuarios e Instituciones, absteniéndose de emitir juicios o hacer comentarios que tiendan al desprestigio de otros Agentes o Apoderados de Agente Persona Moral, así como descalificar su capacidad profesional con el fin de beneficiarse con la Intermediación de Seguros o de Fianzas para sí por el pago de comisiones. (Circular Única de Seguros y Fianzas, disposición 32.1.4)

Una plática entre colegas sobre cómo funciona una estructura no es eso. Pero si se va hacia quién es buena o mala persona, ya no te sirve.

Además, los chismes no se pueden verificar. Las fechas sí. "Me pagan tarde" es una opinión. "Mi comisión de agosto llegó el 28 de septiembre" es un dato.

Qué preguntar: arma tus preguntas para que cada respuesta sea un número de días, un nombre de puesto o un sí o un no. Nunca un nombre de cliente.

¿Cómo saber si la promotoría paga a tiempo?

La aseguradora solo puede pagarle comisiones o cualquier otra compensación, bonos incluidos, a un agente sobre primas que ya entraron. Eso no lo decide la promotoría, lo dice la ley para las aseguradoras:

Las Instituciones deberán diversificar los conductos de colocación de sus productos, a fin de evitar situaciones de dependencia o coacción de un agente de seguros, un agente de fianzas, intermediario, contratante, asegurado, fiado o beneficiario. Las Instituciones sólo podrán pagar comisiones y cualquier otra compensación por la contratación de seguros o de fianzas, a agentes de seguros o a agentes de fianzas, sobre las primas que efectivamente hayan ingresado a la Institución de que se trate. Las Instituciones podrán, tomando en cuenta las condiciones de contratación o características de los riesgos que cubran los seguros, o las características de las obligaciones y responsabilidades que garanticen las fianzas, aplicar total o parcialmente las comisiones establecidas para los agentes en beneficio del asegurado o contratante, o del solicitante o fiado, según sea el caso, procurando en todo momento el desarrollo de los planes de seguros o de la fianza, en las mejores condiciones de contratación. En este supuesto, las Instituciones deberán especificar en la póliza y en los recibos de primas correspondientes, el monto de la reducción de primas que corresponda a la aplicación total o parcial de las citadas comisiones. (Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, artículo 101)

El artículo 25 del Reglamento de Agentes dice lo mismo en su segundo párrafo (lo cito más abajo).

Si emites con tu propia clave, la aseguradora te paga a ti. Si emites con la de la promotoría, frente a la aseguradora la comisión es de ella, y lo que te toca depende de tu contrato. Ese segundo tramo es donde se atora el dinero.

Lo explico en Clave propia o clave de la promotoría. Qué preguntar a quien ya vive ahí:

  1. ¿Cuántos días pasan entre que tu cliente paga y te llega el depósito?
  2. ¿Te dan un estado de cuenta por póliza o solo un total?
  3. ¿Te ha llegado alguna vez un descuento que no entendiste? ¿Te lo explicaron por escrito?
  4. ¿El último bono que te prometieron llegó completo y en la fecha que te dijeron?
  5. ¿Los porcentajes de comisión que cobras son los mismos que te dijeron al entrar?

La tercera tiene una respuesta legal posible. La aseguradora puede aplicar parte de la comisión para bajarle la prima al cliente, y en ese caso la ley la obliga a anotar el monto en la póliza y en los recibos. Pide ver ese recibo.

La quinta tiene trampa. En varios contratos que he leído, los porcentajes no están en el papel sino en el portal, y pueden cambiar sin aviso. Un agente con dos años adentro sabe si eso pasó.

La cuarta importa más en esta época. Los cuadernos de bonos que he visto suelen correr de enero a diciembre. Si te cambias en noviembre, pregunta quién cobra el bono del año que cierra.

Lo que debes escuchar es una cifra. "Como a los quince días" está bien. "Pues ahí va saliendo" no es una respuesta.

Qué preguntar: pide la fecha en que cobró su última comisión y la fecha en que su cliente pagó. Esas dos fechas valen más que cualquier presentación.

¿Cómo saber si te respaldan en un siniestro?

El siniestro es el momento en que el cliente comprueba para qué pagó. Un cliente que sintió que nadie le contestaba es el que pide cotizar con otro.

La Circular Única les pide a los agentes y a los apoderados de agente persona moral que le ofrezcan al cliente, entre otras cosas, asesoría en su reclamación:

En el proceso posterior a la venta de los productos de seguros o de las fianzas, los Agentes y Apoderados de Agente Persona Moral deberán ofrecer a los Usuarios: I. Dar seguimiento a los cambios en su perfil de riesgo, con el propósito de brindar, en su caso, la asesoría o recomendaciones para adecuar sus coberturas a dichos cambios; II. Proporcionar cualquier información respecto a las modificaciones de la póliza que adquirieron, y III. Asesorar en el proceso de reclamación o de posibles quejas ante las Instituciones. (Circular Única de Seguros y Fianzas, disposición 32.1.10)

Fíjate en el destinatario. Si la póliza está en tu clave, el agente eres tú. Si está en la de una promotoría constituida como agente persona moral, la obligación también es de ella.

Ese tipo de agente ejerce a través de apoderados sujetos a las disposiciones de los agentes (LISF, artículo 93, fracción III). Pregunta cómo cumple la promotoría y qué parte te deja a ti.

Preguntas para el agente de adentro:

  1. La última vez que un cliente tuyo tuvo un siniestro, ¿a quién llamaste dentro de la promotoría?
  2. ¿Esa persona tenía nombre y teléfono directo, o era un buzón general?
  3. ¿Cuánto tardó en responderte la primera vez?
  4. Si la aseguradora rechazó algo, ¿alguien de la promotoría te ayudó a preparar la inconformidad, o lo hiciste solo?
  5. ¿Hay alguien que atienda en fin de semana, o solo la línea de la aseguradora?

Una estructura con área de siniestros de verdad te da un nombre sin pensarlo. Si te dicen "con el promotor directo", pregunta qué pasa cuando está de viaje.

Qué preguntar: pídele al agente que te diga el puesto de la persona que lo ayudó en su último siniestro. Si no existe ese puesto, ya sabes quién va a hacer ese trabajo.

¿Qué pasa con la cartera del que se va?

La promotoría nunca te va a contestar bien esta pregunta, porque no le conviene.

Si la póliza está en tu clave, la aseguradora te cubre las comisiones a que tengas derecho mientras esté en vigor, sobre primas pagadas, aun después de terminar tu relación con ella:

Las Instituciones cubrirán a los agentes las comisiones a que tengan derecho durante el tiempo en que estén en vigor las pólizas contratadas con su intermediación, aún después de extinguida la relación que tuvieren con dichas Instituciones. Las Instituciones sólo podrán pagar comisiones y cualquier otra compensación por la contratación de seguros o fianzas a agentes, sobre las primas que efectivamente hayan ingresado a las Instituciones. Las comisiones que provengan de la renovación o modificación de una póliza respecto de un mismo riesgo o responsabilidad asumida, corresponderán a los agentes que hayan colocado la póliza inmediata anterior, salvo que abandonen el negocio, que su contrato de intermediación se haya rescindido sin responsabilidad para las Instituciones, hubieren fallecido o el contratante exprese por escrito a las Instituciones que ya no desea la intermediación de esos agentes o revoque su designación nombrando uno distinto. En caso de fallecimiento del agente persona física, el derecho al cobro de las comisiones pasará a sus legítimos causahabientes, durante el tiempo en que estén en vigor las pólizas de seguros o de fianzas respectivas. (Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, artículo 25)

En las renovaciones, la comisión sigue siendo del agente que colocó la póliza anterior, salvo estos casos:

  1. Que abandone el negocio.
  2. Que su contrato de intermediación se haya rescindido sin responsabilidad para la aseguradora.
  3. Que haya fallecido.
  4. Que el contratante le diga por escrito a la aseguradora que ya no quiere su intermediación.
  5. Que el contratante revoque su designación y nombre a otro agente.

Si el agente persona física fallece, el cobro pasa a sus causahabientes mientras las pólizas sigan vigentes.

El artículo obliga a la aseguradora frente al agente. Si la póliza está en la clave de la promotoría, ese agente es la promotoría, y la póliza no pasa a ti por el solo hecho de que te vayas.

Se mueve si el contratante pide por escrito otro agente (los dos últimos casos) o por una cesión de cartera entre agentes (artículo 26, ver Ceder o vender tu cartera).

El paso a paso está en Cómo cambiarte de promotoría. Un contrato puede decir que la cartera es tuya y aun así tardar meses tu estado de cartera. Eso te lo cuenta quien ya salió.

Preguntas para el agente que se fue:

  1. Cuando avisaste que te ibas, ¿cuántos días tardaron en entregarte tu estado de cartera por escrito?
  2. ¿Te pusieron trabas para los cambios de conducto que pidieron tus clientes?
  3. ¿Seguiste cobrando las comisiones de las pólizas que estaban en tu clave sin interrupción?
  4. ¿Te pagaron las comisiones que tenías pendientes al salir?
  5. Si tenías cédula de agente persona física, ¿tu seguro de responsabilidad civil por errores y omisiones estaba a tu nombre y conservaste pólizas y recibos?

La quinta importa porque la Circular Única obliga a los agentes a tener ese seguro, con estas excepciones:

Los Agentes tienen la obligación de contar con un contrato de seguro de responsabilidad civil por errores y omisiones, salvo en los siguientes casos: I. Agentes Provisionales; II. Agentes Persona Física vinculados a las Instituciones por una relación de trabajo; III. Apoderados de Agente Persona Moral, y IV. Agentes Mandatarios. (Circular Única de Seguros y Fianzas, disposición 32.10.1)

Para el refrendo, la CNSF pide copia de esas pólizas y su comprobante de pago (Circular Única, 32.4.3, fracción IV). Ver El seguro de responsabilidad civil del agente.

Preguntas para el agente que sigue adentro:

  1. ¿Sabes de alguien que se haya ido en el último año? ¿Salió en buenos términos?
  2. ¿Tu contrato dice de quién es la cartera al salir? ¿Lo leíste o te lo dijeron?
  3. ¿Cuántas de tus pólizas tienen tu número de agente y cuántas el de la promotoría?

La tercera es la más reveladora. Si no sabe la respuesta, nadie se lo ha explicado.

Qué preguntar: busca a una sola persona que se haya ido de esa promotoría y pregúntale cuántos días tardaron en darle su estado de cartera. Esa cifra vale más que la cláusula.

¿Qué respuestas son señal de no firmar?

Algunas respuestas malas son para preguntar más. Otras sí son para no firmar:

Lo que te dicen Qué suele significar Qué hacer
"No sé cuánto tardan, me llega cuando llega" No hay fecha de corte ni estado de cuenta Pide ver un estado de cuenta antes de firmar
"El bono cambió a mitad de año" Las reglas se ajustan cuando le conviene a alguien Pide el cuaderno de bonos por escrito
"En siniestros le hablo directo al promotor" Un solo punto de falla Pregunta quién cubre cuando no está
"Nadie se ha ido" O es nuevo, o no quiere hablar Busca tú a alguien que sí se fue
"Al que se fue no le dieron nada" Retienen cartera No firmes
"No sé en qué clave están mis pólizas" Nadie lo explica adentro Pregunta a la promotoría directo

La señal más fuerte es el miedo. Si tres agentes te piden que no digas que hablaron contigo, la estructura castiga a quien opina.

La segunda es la contradicción. Si la promotoría dice diez días y tres agentes dicen cuarenta, ya sabes cuál vas a vivir.

Qué hacer hoy: escribe las respuestas en una tabla con tres columnas: lo que dijo la promotoría, lo que dijeron los agentes y la diferencia.

¿En qué orden hago todo esto antes de firmar?

Este trabajo es la otra mitad de Qué preguntar antes de firmar con una promotoría. Aquella guía revisa el papel. Esta revisa lo que pasa con el papel cuando hay un problema.

Mi orden:

  1. Lee primero el contrato y anota las tres cláusulas que más te preocupan: pago, cartera y terminación.
  2. Busca a tres agentes: uno nuevo, uno con años adentro y uno que se haya ido.
  3. Hazles las mismas preguntas a los tres, por separado, sin decirles qué contestaron los otros.
  4. Compara sus respuestas con lo que dice el contrato.
  5. Lleva las diferencias a la promotoría y pregunta por escrito.

El quinto paso es la última prueba. Una estructura seria contesta con fechas y documentos. Una que no lo es se ofende.

Como en el gimnasio, la primera repetición cuesta. La tercera plática ya la haces en quince minutos.

Hoy, antes de firmar nada: consigue el nombre de un agente que se haya ido de esa promotoría y pídele quince minutos. Pregúntale cuántos días tardaron en entregarle su cartera.

José Gerardo López Terán

Sobre quién escribe esto

Soy José Gerardo López Terán, promotor y agente de seguros en Querétaro, con cédula definitiva de la CNSF (C412856, vigente hasta 2029, verificable en el registro público de la Comisión). Opero una promotoría y atiendo cartera propia, las dos cosas al mismo tiempo. Por eso puedo describir el negocio desde los dos lados del contrato.

Aquí no se vende nada ni se recomienda ninguna promotoría, aseguradora ni producto. Es la referencia que a mí me habría servido tener.

Preguntas y respuestas

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