José Gerardo López Terán Promotor y agente de seguros · Cédulas CNSF A (Vida) y B (Daños) · Querétaro, México

Guía para agentes

Qué se necesita para sacar la cédula de agente de seguros en México

Autorización de la CNSF con vigencia de tres años, un examen de capacidad técnica, preparatoria como mínimo, un pago de derechos y un expediente de documentos. La lista oficial, y lo que la lista no te dice.

Escrito por José Gerardo López Terán, promotor y agente de seguros · Cédulas CNSF A (Vida) y B (Daños) · Publicado el 2 de septiembre de 2026

Respuesta corta

Para ejercer como agente de seguros necesitas autorización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Tiene vigencia de tres años y se refrenda por periodos iguales (CNSF, agentes persona física).

En la práctica son cuatro cosas: un expediente de documentos que se sube por el sistema de citas de la Comisión, preparatoria como nivel mínimo de estudios, un examen que acredita tu capacidad técnica, y un pago de derechos, que para 2026 es de $4,861.00 pesos (CNSF). Si cumples todo, la Comisión emite una cédula digital.

Eso es lo que dice la lista oficial. Lo que la lista no te dice es qué parte del proceso se atora, y por qué. Va abajo.

El expediente, documento por documento

Según el procedimiento publicado por la Comisión (CNSF), el trámite se hace a través del Sistema de Citas y Registro de Personas, en formato PDF, con esto:

  1. Fotografía reciente tamaño infantil, a color, en formato JPG con medidas específicas.
  2. Identificación oficial vigente con fotografía.
  3. Acta de nacimiento, o en su defecto cartilla militar o pasaporte vigente.
  4. Certificado de estudios con nivel mínimo de preparatoria o equivalente, o cédula profesional o historial académico que lo acredite.
  5. CURP.
  6. Cédula de Identificación Fiscal, o alta ante el SAT, o un comprobante equivalente de los que enumera la Comisión.
  7. Comprobante de domicilio con antigüedad máxima de tres meses.
  8. Comprobante de pago de derechos.

Hay documentos adicionales para casos específicos: quien esté vinculado a una aseguradora por relación de trabajo, quien sea apoderado de un agente persona moral, quien sea de origen extranjero, y quien esté regularizando una cédula que no refrendó a tiempo. En ese último caso la Comisión pide las pólizas de responsabilidad civil por errores y omisiones de los tres años anteriores (CNSF). Guárdate ese dato: es la razón por la que dejar vencer la cédula sale caro.

El examen

Además del expediente, hay que acreditar capacidad técnica ante la Comisión (CNSF). Es un examen, y se presenta por categoría según los ramos que quieras intermediar.

Lo que puedo decir desde mi experiencia, sin números que no me constan: mis primeros simulacros salieron por debajo de lo que esperaba, y aprobé con margen después de repetirlos. El examen no mide si eres buen vendedor. Mide si entiendes el producto y la ley. Se estudia como se entrena: repeticiones, no teoría de un solo pase.

Lo que la lista no te dice

Primero: el expediente es donde se atora todo. No la Comisión, no el examen. Un documento vencido, mal escaneado o con un dato que no coincide entre sí reinicia el reloj. Antes de subir nada, revisa que el nombre esté idéntico en identificación, CURP y constancia fiscal. Es lo más tonto y lo más frecuente.

Segundo: verifica los impedimentos antes de pagar. La propia Comisión pide que, antes de iniciar el trámite, revises que no estás en alguno de los impedimentos del artículo 13 del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas (CNSF). Nadie lo hace, y el pago de derechos no se devuelve porque no leíste el reglamento.

Tercero: la cédula no es la clave. Tener autorización de la Comisión te habilita para ejercer. No te da acceso a ninguna aseguradora. Eso es un trámite distinto, con cada aseguradora, casi siempre a través de una promotoría, y con sus propios tiempos. Está en la guía sobre cuánto tarda darte de alta con una aseguradora.

Cuarto: tres años se pasan rápido. La autorización se refrenda, y el refrendo tiene su propio procedimiento (CNSF). Ponle aviso a la fecha desde el día uno. Yo lo llevo en el mismo sistema donde llevo las renovaciones de mis clientes, porque es exactamente el mismo tipo de dinero que se pierde por descuido.

Sobre quién escribe esto

Soy José Gerardo López Terán, promotor y agente de seguros en Querétaro, con cédulas CNSF A (Vida) y B (Daños). Opero una promotoría y atiendo cartera propia, las dos cosas al mismo tiempo. Por eso puedo describir el negocio desde los dos lados del contrato.

Los requisitos citados están tomados del procedimiento publicado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Verifica siempre la versión vigente antes de iniciar tu trámite: los montos de derechos cambian cada año.

Aquí no se vende nada ni se recomienda ninguna promotoría, aseguradora ni producto. Es la referencia que a mí me habría servido tener.

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