José Gerardo López Terán Agente de seguros · Cédula CNSF C412856 · Querétaro, México

Cómo funciona · Guía para asegurados

¿Me conviene contratar mi seguro con un agente o directo con la aseguradora?

Si el seguro es sencillo, ir directo puede funcionarte; en gastos médicos, vida o empresa, un agente con cédula te ayuda a elegir y a reclamar. Quién paga la comisión, cuándo puede bajar la prima, cómo pagar seguro y cómo verificar a un agente.

José Gerardo López TeránAgente de seguros en Querétaro · Publicado el 15 de octubre de 2026 · 7 min de lectura
Cédula C412856 vigente · verificar

Respuesta corta

Si tu seguro es sencillo y ya sabes qué quieres, contratar directo puede funcionarte bien; si es de gastos médicos, de vida o para tu empresa, te conviene un agente con cédula vigente (la autorización oficial de la CNSF para vender seguros). Un buen agente te ayuda a elegir, a llenar bien la solicitud y a reclamar; en mi experiencia, ahí es donde más se complican las cosas. La comisión del agente la paga la aseguradora, y la ley dice que solo sobre lo que tú efectivamente le pagaste por tu seguro (la prima); normalmente no pagas una cuota aparte.

Qué hace un agente, según la ley

Lo digo de entrada: soy agente, así que tengo interés en esta respuesta. Por eso me apego a lo que dice la ley y te digo también cuándo no me necesitas.

La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas define a los agentes como las personas que intervienen en la contratación de seguros mediante "comercialización y asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la mejor conveniencia de los contratantes" (artículo 91). El contratante eres tú, el que firma y paga.

La misma ley les exige "informar, de manera amplia y detallada, sobre el alcance real de la cobertura del seguro, así como sobre la forma de conservarla o darla por terminada" (artículo 96, fracción I). Y para ser agente se necesita autorización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la CNSF (artículo 93). Esa autorización es la cédula.

En la práctica, lo que hago con un cliente es: entender qué necesita proteger, comparar opciones, ayudarle a contestar bien el cuestionario médico, revisar la póliza cuando llega, avisarle de la renovación y acompañarlo cuando tiene un siniestro, que es el evento que reclamas (una cirugía, un choque, un robo).

¿Te sale más caro con agente?

Normalmente no pagas nada aparte. La ley dice que las aseguradoras "sólo podrán pagar comisiones y cualquier otra compensación por la contratación de seguros" a los agentes "sobre las primas que efectivamente hayan ingresado" (artículo 101). La prima es el precio del seguro. O sea, la comisión sale de lo que la aseguradora recibe, no de un cobro extra del agente.

Hay un detalle más en ese artículo, y te lo cuento aunque no me favorece. La aseguradora puede bajarte el precio con parte o toda la comisión del agente. En palabras de la ley, puede, según las condiciones de contratación o las características del riesgo, aplicar total o parcialmente la comisión prevista para los agentes en beneficio del asegurado o contratante. Si lo hace, debe especificar en la póliza y en los recibos el monto de la reducción de primas. Es una facultad de la aseguradora, no un derecho tuyo, y la ley no la condiciona a que contrates sin agente. Si te ofrecen una reducción de prima, pide que te enseñen dónde aparece en la póliza y en el recibo.

Cuándo te conviene contratar directo

  1. Cuando el seguro es sencillo, con coberturas estándar, y ya sabes comparar.
  2. Cuando lo contratas en línea o en un banco o tienda y es un contrato de adhesión, que es un contrato de formato fijo que la aseguradora registra y tú solo aceptas o no.

La ley permite que los contratos de adhesión, salvo algunos especiales (los de pensiones de la seguridad social y los de caución, que garantizan obligaciones), se contraten a través de empresas que no son agentes, como bancos o tiendas. Para eso la aseguradora firma con esa empresa un contrato de prestación de servicios cuyo texto se registra antes ante la CNSF (artículo 102). Y la aseguradora es responsable de los daños y perjuicios que la actuación de esas empresas cause a los asegurados, contratantes o beneficiarios (artículo 104).

Lo que dejas de tener al ir directo, en los casos que he visto: nadie compara varias aseguradoras por ti, nadie revisa tu solicitud antes de firmar, y en un siniestro haces tú solo el trámite con la aseguradora. Si eso no te preocupa, ir directo es una opción razonable.

Cuándo te conviene un agente

  1. Gastos médicos. Lo que contestas en la solicitud sobre tu salud pesa mucho cuando reclamas. En los casos que he atendido, varios reclamos complicados vinieron de una pregunta mal entendida al contratar.
  2. Vida. Elegir cuánto asegurar y a quién nombrar beneficiario tiene consecuencias años después.
  3. Empresas. En empresas es común negociar condiciones a la medida, como en un seguro de gastos médicos colectivo. Si contratas una póliza que no es de adhesión a través de un intermediario, la ley exige que ese intermediario sea un agente de seguros (artículo 91); bancos y tiendas solo pueden colocar contratos de adhesión.
  4. Cuando reclamas. Saber qué documentos entregar y cómo se calcula lo que pagas tú cambia el resultado. Si te confunden el deducible y el coaseguro, aquí explico cómo funcionan con un ejemplo.
Punto Directo o en línea Banco o tienda Agente con cédula
Quién te asesora Tú decides solo o con el centro de atención El personal del canal Una persona autorizada por la CNSF
Cuántas aseguradoras ves Una Normalmente una Depende del agente; pregunta con cuántas trabaja
Qué tipo de contrato Normalmente de adhesión Solo de adhesión De adhesión y a la medida
Quién te acompaña en un siniestro La aseguradora La aseguradora La aseguradora y tu agente

Cómo pagar sin riesgo, con agente o sin él

La regla más importante para tu dinero: paga siempre contra el recibo de la aseguradora. La ley dice que los agentes "sólo podrán cobrar primas contra el recibo expedido por las Instituciones", que les está prohibido recibir anticipos o pagos con recibos distintos, y que lo que cobran así se entiende recibido por la aseguradora (artículo 99).

En la práctica: paga en los medios que aparecen en tu póliza o recibo, a nombre de la aseguradora. Si alguien te pide depositar a una cuenta personal sin recibo oficial, no lo hagas.

Cómo saber si un agente está autorizado

Pídele su número de cédula y búscalo en el registro público de la CNSF. Ahí ves su nombre, si la cédula está vigente y hasta cuándo. La autorización se da para ciertos tipos de seguro, por ejemplo vida, gastos médicos o autos (artículo 93), así que revisa también que cubra el tipo de seguro que vas a contratar. Mi propia ficha está al final de esta guía, con la liga al registro, para que veas cómo se ve.

El mismo artículo distingue entre agentes que trabajan como empleados de una aseguradora, agentes independientes con contrato mercantil y agentes que son empresas. No es que uno sea mejor que otro: pregúntale al tuyo cuál es su caso, porque eso te dice si puede comparar varias aseguradoras.

¿Y si un agente te cobra mal o te asesora mal? Los agentes están sujetos a la inspección y vigilancia de la CNSF (artículo 94). Si el problema es con tu póliza o con un pago, también puedes reclamar a la aseguradora y acudir a la CONDUSEF.

Tres preguntas que yo haría a cualquier agente antes de contratar:

  1. ¿Con cuántas aseguradoras trabajas y por qué me recomiendas esta?
  2. ¿Qué no cubre esta póliza y cuánto pagaría yo en un siniestro?
  3. ¿Qué haces tú cuando tengo que reclamar o renovar?

Qué hacer hoy

  1. Si todavía no tienes seguro, decide qué tipo necesitas. Si es sencillo, cotiza directo. Si es de gastos médicos, de vida o para tu empresa, busca un agente y hazle las tres preguntas de arriba.
  2. Si ya tienes un seguro, busca en tu póliza o recibo el nombre y la clave de tu agente. Si no aparece ninguno, probablemente lo contrataste directo o por un banco o tienda.
  3. Antes de firmar o pagar con un agente, verifica su cédula en el registro de la CNSF; y si te ofrecen una reducción de prima, pide que te la muestren en la póliza y en el recibo.
José Gerardo López Terán

Sobre quién escribe esto

Soy José Gerardo López Terán, agente de seguros en Querétaro con cédula definitiva de la CNSF (C412856, vigente hasta 2029, verificable en el registro público de la Comisión). Trabajo con varias aseguradoras y atiendo a personas, familias y empresas.

Esta guía explica cómo funcionan los seguros en México. No sustituye las condiciones generales de tu póliza, que son las que mandan en tu caso.

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